{"id":9050,"date":"2023-09-26T16:05:58","date_gmt":"2023-09-26T19:05:58","guid":{"rendered":"https:\/\/psaa.com.br\/la-sentencia-del-marco-temporal-en-el-supremo-contra-la-agroindustria-y-ahora-que-jose\/"},"modified":"2023-10-02T12:58:29","modified_gmt":"2023-10-02T15:58:29","slug":"la-sentencia-del-marco-temporal-en-el-supremo-contra-la-agroindustria-y-ahora-que-jose","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/la-sentencia-del-marco-temporal-en-el-supremo-contra-la-agroindustria-y-ahora-que-jose\/","title":{"rendered":"La sentencia del Marco Temporal en el Supremo contra la agroindustria: \u00ab\u00bfY ahora qu\u00e9, Jos\u00e9?\u00bb"},"content":{"rendered":"\n<p><em>Por Andr\u00e9 Ricardo Passos de Souza para Money Times<\/em><\/p>\n<div class=\"wp-block-post-date\"><time datetime=\"2023-09-26T16:05:58-03:00\">26\/09\/2023<\/time><\/div>\n<p><\/p>\n\n<p>El pasado jueves (21), el <strong>Supremo Tribunal Federal (STF<\/strong> ) concluy\u00f3, por 9 votos contra 2, el juicio sobre el llamado <strong>\u00abMarco Temporal\u00bb<\/strong> que define la demarcaci\u00f3n de las tierras ind\u00edgenas.<\/p>\n\n<p>Cuando me encontr\u00e9 con el resultado, supe que nuestra pr\u00f3xima columna deber\u00eda tratar de arrojar algo de luz sobre este tema, ya que dedicamos nuestra columna a tratar de aclarar a los agentes del mercado las consecuencias y los impactos de situaciones que permean importantes cuestiones jur\u00eddicas en el derecho corporativo.  <strong>agroindustria<\/strong>  y sostenibilidad.<\/p>\n\n<p>En ese momento me vino a la mente el famoso poema del gran Carlos Drummond de Andrade, con su inquietante pregunta: \u00ab\u00bfY ahora, Jos\u00e9?\u00bb.<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>La tesis del marco temporal<\/strong><\/h2>\n\n<p>Pues bien, la tesis del Marco Temporal, en sentido estricto, se refiere a la delimitaci\u00f3n de un periodo de tiempo en el que se considerar\u00eda que una determinada superficie de terreno es objeto de deslinde a efectos de constituir una reserva (o tierra) ind\u00edgena.<\/p>\n\n<p>La cuesti\u00f3n es que este \u00abdesplazamiento en el tiempo\u00bb de la fecha de cualquier investigaci\u00f3n sobre la propiedad de la tierra por parte de los ind\u00edgenas podr\u00eda perjudicar cualquier derecho de propiedad y\/o posesi\u00f3n de la tierra de los actuales poseedores de las propiedades, en caso de que la tierra entre en el proceso de demarcaci\u00f3n como \u00abtierra ind\u00edgena\u00bb, independientemente de si estos actuales ocupantes\/propietarios han adquirido leg\u00edtimamente la propiedad de estas propiedades.<\/p>\n\n<p>As\u00ed, la \u00abregla\u00bb que se pretend\u00eda fijar en la cronolog\u00eda para evitar que este hito se convirtiera en \u00abmovible\u00bb y acabara poniendo en peligro los derechos adquiridos de los propietarios leg\u00edtimamente registrados ante notario, ser\u00eda el a\u00f1o 1988, cuando se promulg\u00f3 la actual Constituci\u00f3n Federal.<\/p>\n\n<p>Por mayor\u00eda absoluta, el Tribunal Supremo decidi\u00f3 no establecer el \u00abMarco Temporal\u00bb en 1988. El Tribunal Constitucional considera que este \u00abcorte\u00bb basado en esta fecha no cumplir\u00eda con los deseos y derechos de los pueblos ind\u00edgenas, como miembros de nuestra naci\u00f3n y nuestra sociedad, y por lo tanto podr\u00eda violar sus derechos m\u00e1s b\u00e1sicos a la subsistencia como brasile\u00f1os miembros de los pueblos originarios.<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>Posibles escenarios para la agroindustria<\/strong><\/h2>\n\n<p>A pesar de toda la pol\u00e9mica y opiniones vertidas hasta el momento, es un hecho que no ser\u00e1 hasta el pr\u00f3ximo mi\u00e9rcoles (27) que el pleno del STF se reunir\u00e1 para establecer la tesis que servir\u00e1 de par\u00e1metro para la resoluci\u00f3n de unos 226 casos similares que siguen suspendidos a la espera de una definici\u00f3n final en base a lo ocurrido la semana pasada.<\/p>\n\n<p>Hay que analizar, por tanto, c\u00f3mo este caso puede repercutir en el agronegocio y en la seguridad jur\u00eddica de los leg\u00edtimos propietarios de las tierras que podr\u00edan ser objeto de nuevos deslindes en estos 226 otros procesos -y en muchos m\u00e1s casos por venir- que a\u00fan est\u00e1n en marcha.<\/p>\n\n<p>En primer lugar, es importante destacar que en el voto del juez Gilmar Mendes hay menci\u00f3n expresa a los \u00abcriterios objetivos\u00bb que deben orientar la modulaci\u00f3n de los efectos de la decisi\u00f3n, a\u00fan por decidir a partir del d\u00eda 27.<\/p>\n\n<h3 class=\"wp-block-heading\">\u00bfCu\u00e1les son los criterios?<\/h3>\n\n<p>La pregunta es: \u00bfcu\u00e1les son esos criterios? \u00bfY c\u00f3mo se respetar\u00e1n los derechos de los propietarios leg\u00edtimos? \u00bfSe les compensar\u00e1? \u00bfY los derechos de la sociedad en su conjunto al medio ambiente y a la seguridad alimentaria? Todo ello deber\u00e1 abordarse cuando los ministros vuelvan a reunirse para definir esos criterios que permitan modular los efectos de la decisi\u00f3n a partir de ma\u00f1ana.<\/p>\n\n<p>En segundo plano, tambi\u00e9n hay que pensar en c\u00f3mo se manejar\u00edan los nuevos procesos federales de reconocimiento de tierras como expropiables para el establecimiento de reservas ind\u00edgenas por parte de los \u00f3rganos ejecutivos federales. Y llegados a este punto, \u00bfqu\u00e9 pasar\u00eda con los proyectos de ley en tramitaci\u00f3n en otros poderes del Estado que a\u00fan pretenden regular definitivamente la materia?<\/p>\n\n<p>Entonces, \u00bfesos \u00abcriterios objetivos\u00bb ser\u00edan observables por esos poderes y organismos federales, regulados por una ley espec\u00edfica? Es m\u00e1s, \u00bfpodr\u00eda ocurrir lo mismo con los criterios de indemnizaci\u00f3n y expropiaci\u00f3n de las tierras que podr\u00edan considerarse ind\u00edgenas?<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\"><strong>\u00bfEp\u00edlogo?  <\/strong><\/h2>\n\n<p>Frente a todas las cuestiones surgidas desde la decisi\u00f3n del viernes, iniciamos el texto refugi\u00e1ndonos en el gran Carlos Drummond de Andrade, dada la complejidad de la cuesti\u00f3n, que no termina con la sentencia del STF de la semana pasada, sino que s\u00f3lo se agotar\u00e1 con un debate de toda la sociedad y con la actuaci\u00f3n de todos los poderes de la rep\u00fablica en favor de toda la sociedad brasile\u00f1a, incluidos los propios pueblos originarios, que componen la propia sociedad y forman parte de la naci\u00f3n brasile\u00f1a.  <\/p>\n\n<p>Adem\u00e1s, ahora tenemos numerosas inversiones en Fiagros, en acciones cotizadas en bolsa de empresas que invierten en tierras productivas, la constituci\u00f3n de garant\u00edas inmobiliarias en operaciones de financiaci\u00f3n de agronegocios, operaciones en el mercado de capitales, de  <em>financiaci\u00f3n comercial<\/em>  y muchas otras respaldadas por garant\u00edas y productos producidos en \u00e1reas que hoy est\u00e1n debidamente registradas y regularizadas ante el Incra y que pueden verse involucradas en un futuro pr\u00f3ximo en litigios por expropiaci\u00f3n con fines de constituci\u00f3n de tierras ind\u00edgenas.<\/p>\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 decisi\u00f3n tomar\u00e1 el legislador? \u00bfQu\u00e9 elegir\u00e1n los poderes de la Uni\u00f3n y la sociedad brasile\u00f1a? \u00bfFavorecer la seguridad jur\u00eddica, la seguridad alimentaria, el desarrollo de los mercados financieros y de capitales del agronegocio y la propia decisi\u00f3n del STF -que coloc\u00f3 los intereses de las comunidades ind\u00edgenas en el centro de este debate- y el propio sustento de esas comunidades originarias, o simplemente dejar que Jos\u00e9 responda en qu\u00e9 t\u00e9rminos se pondr\u00e1 todo esto a disposici\u00f3n de las futuras generaciones de brasile\u00f1os? \u00bfY ahora qu\u00e9, Jos\u00e9?<\/p>\n\n<p><\/p>\n\n<p>Disponible en: <a href=\"https:\/\/www.moneytimes.com.br\/o-julgamento-do-marco-temporal-no-stf-versus-o-agronegocio-e-agora-jose\/\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">La sentencia del Marco Temporal del STF contra la agroindustria: \u00ab\u00bfY ahora qu\u00e9, Jos\u00e9?\u00bb &#8211; Money Times<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Por Andr\u00e9 Ricardo Passos de Souza para Money Times El pasado jueves (21), el Supremo Tribunal Federal (STF ) concluy\u00f3, por 9 votos contra 2, el juicio sobre el llamado \u00abMarco Temporal\u00bb que define la demarcaci\u00f3n de las tierras ind\u00edgenas. 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