{"id":9060,"date":"2023-10-02T08:54:34","date_gmt":"2023-10-02T11:54:34","guid":{"rendered":"https:\/\/psaa.com.br\/boletin-no-07-2023-el-stf-rechaza-la-tesis-del-hito-temporal-y-define-indemnizaciones-para-ocupantes-y-propietarios-de-buena-fe\/"},"modified":"2023-10-02T13:00:56","modified_gmt":"2023-10-02T16:00:56","slug":"boletin-no-07-2023-el-stf-rechaza-la-tesis-del-hito-temporal-y-define-indemnizaciones-para-ocupantes-y-propietarios-de-buena-fe","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/boletin-no-07-2023-el-stf-rechaza-la-tesis-del-hito-temporal-y-define-indemnizaciones-para-ocupantes-y-propietarios-de-buena-fe\/","title":{"rendered":"Bolet\u00edn n\u00ba 07\/2023 &#8211; El STF rechaza la tesis del hito temporal y define indemnizaciones para ocupantes y propietarios de buena fe"},"content":{"rendered":"\n<p>Hace aproximadamente dos (2) semanas, el Supremo Tribunal Federal (\u00abSTF\u00bb) rechaz\u00f3, por nueve (9) votos contra dos (2), la tesis del hito temporal para la demarcaci\u00f3n de tierras ind\u00edgenas, que establece que la demarcaci\u00f3n de una tierra ind\u00edgena s\u00f3lo puede tener lugar si se comprueba que una comunidad ind\u00edgena espec\u00edfica ocupaba el \u00e1rea solicitada el 5 de octubre de 1988 &#8211; fecha de la promulgaci\u00f3n de la Constituci\u00f3n Federal (\u00abCF\/88\u00bb).<\/p>\n\n<p>As\u00ed, con el referido rechazo de la tesis del \u00abMarco Temporal\u00bb, fue decidido por el STF que la expropiaci\u00f3n y, consecuentemente, la eventual demarcaci\u00f3n de un \u00e1rea como ind\u00edgena es independiente de que las comunidades ind\u00edgenas estuvieran o no ocupando o disputando el \u00e1rea en la fecha de promulgaci\u00f3n de la CF\/88, pero de otros requisitos que el STF evalu\u00f3 como constitucionalmente v\u00e1lidos, a saber la demostraci\u00f3n del car\u00e1cter tradicional de la ocupaci\u00f3n de una determinada comunidad ind\u00edgena, de acuerdo con sus usos, costumbres, tradiciones y medio ambiente, quedando asegurado el ejercicio de las actividades tradicionales del pueblo ind\u00edgena.<\/p>\n\n<p>Es importante se\u00f1alar que la sentencia del Recurso Extraordinario No. 1.017.365, que estableci\u00f3 la tesis en cuesti\u00f3n como se explic\u00f3 anteriormente, tuvo repercusi\u00f3n general (Tema No. 1.031), es decir, servir\u00e1 como par\u00e1metro para resolver otros casos sobre el mismo tema, y se inici\u00f3 el 21 de septiembre de 2023, reanud\u00e1ndose y concluy\u00e9ndose \u00fanicamente en la sesi\u00f3n celebrada el 27 de septiembre de 2023. En esa ocasi\u00f3n, a mediados de la semana pasada, los magistrados de la Corte Suprema reconocieron el derecho a la indemnizaci\u00f3n de los particulares a quienes se les expropien sus tierras para la constituci\u00f3n y demarcaci\u00f3n de reservas ind\u00edgenas, siempre y cuando hayan adquirido sus tierras de \u00abbuena fe\u00bb, es decir, dentro de los presupuestos legales y sin ning\u00fan tipo de usurpaci\u00f3n o vicio en la adquisici\u00f3n de esa propiedad.<\/p>\n\n<p>Tambi\u00e9n en este sentido, el Tribunal Supremo dictamin\u00f3 en un caso de repercusi\u00f3n general que cualquier indemnizaci\u00f3n por mejoras en la propiedad y por el Valor de la Tierra Desnuda &#8211; VTN, se aplicar\u00e1 a los propietarios que recibieron t\u00edtulos de tierras de los gobiernos federal y estatal que m\u00e1s tarde podr\u00edan ser consideradas como \u00e1reas sujetas a expropiaci\u00f3n para la creaci\u00f3n de reservas y\/o \u00e1reas ind\u00edgenas.<\/p>\n\n<p>As\u00ed pues, el STF defini\u00f3 los requisitos para fijar la compensaci\u00f3n, a saber<\/p>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>En el caso de que hubiera ocupaci\u00f3n ind\u00edgena o una disputa leg\u00edtima sobre la tierra el 5 de octubre de 1988, lo que llamamos el \u00abMarco Temporal Invertido\u00bb creado por el STF en ese momento, corresponder\u00e1 al propietario ser indemnizado por las mejoras realizadas en el sitio, que la ley ya prev\u00e9 hoy;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Si no hab\u00eda ocupaci\u00f3n ind\u00edgena o disputa leg\u00edtima sobre la tierra en la fecha del CF\/88, y si el propietario hab\u00eda ocupado de buena fe el sitio que iba a ser demarcado como ind\u00edgena, tendr\u00e1 derecho a una indemnizaci\u00f3n previa por las mejoras;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Si no es factible reasentar al propietario de buena fe, \u00e9ste tendr\u00e1 derecho a una indemnizaci\u00f3n por el valor del propio terreno;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La compensaci\u00f3n por el terreno en s\u00ed puede pagarla la Uni\u00f3n, que puede reclamar las cantidades a los estados o municipios que se hayan adjudicado la zona, y se debatir\u00e1 en un procedimiento administrativo o judicial independiente del proceso de demarcaci\u00f3n;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>La indemnizaci\u00f3n debe pagarse inmediatamente y el propietario puede retener la tierra hasta que el gobierno haya pagado \u00edntegramente el importe indiscutible;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>En los casos ya resueltos, como las tierras ind\u00edgenas debidamente demarcadas hasta la fecha de la sentencia en cuesti\u00f3n, no proceder\u00e1 indemnizaci\u00f3n alguna, es decir, la sentencia, pese a su repercusi\u00f3n general, no retrotraer\u00eda sus efectos para afectar a situaciones ya protegidas por la cosa juzgada formal;<\/li>\n<\/ul>\n\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Ser\u00e1 posible redimensionar el \u00e1rea de tierra ind\u00edgena hasta cinco (5) a\u00f1os despu\u00e9s de la demarcaci\u00f3n, siempre que se comprueben errores graves o insalvables en la definici\u00f3n de los l\u00edmites del territorio.<\/li>\n<\/ul>\n\n<p>De esta manera, la tesis aprobada confirma el derrocamiento y, como hemos querido llamarlo, la \u00abinversi\u00f3n\u00bb de los plazos y autoriza el pago de indemnizaciones previas en efectivo o en t\u00edtulos de deuda agraria a los propietarios cuyas propiedades est\u00e9n involucradas en el proceso de demarcaci\u00f3n de tierras ind\u00edgenas.<\/p>\n\n<p>Tambi\u00e9n es importante se\u00f1alar que durante la sesi\u00f3n del 27 de septiembre, el juez Alexandre de Moraes vot\u00f3 a favor de garantizar la indemnizaci\u00f3n a los propietarios \u00abde buena fe\u00bb. El magistrado Dias Toffoli retir\u00f3 su voto de fijar un plazo de 12 meses para que el Congreso apruebe una ley que permita la explotaci\u00f3n econ\u00f3mica de las tierras ind\u00edgenas, que actualmente se debate en el Congreso y ya ha sido aprobada por una comisi\u00f3n del Senado, pero con el objetivo de regular la materia y crear seguridad jur\u00eddica para los propietarios de tierras y las comunidades tradicionales, as\u00ed como para toda la sociedad por la seguridad alimentaria y el medio ambiente.<\/p>\n\n<p>Dada la aparente contradicci\u00f3n entre el Congreso y la decisi\u00f3n del STF, creemos que podr\u00eda haber una nueva judicializaci\u00f3n de la cuesti\u00f3n. Desde esta perspectiva, una vez que el proyecto haya sido aprobado por el Congreso despu\u00e9s de la decisi\u00f3n del STF, ser\u00e1 posible impugnarlo por inconstitucionalidad, y la cuesti\u00f3n tendr\u00e1 que volver al propio STF para un nuevo juicio, pero esto depender\u00e1 de una nueva demanda y de nuevos argumentos que se presenten ante el tribunal.<\/p>\n\n<p>El equipo <strong>PSAA <\/strong> sigue de cerca la evoluci\u00f3n del tema, incluso ante el Tribunal Supremo y el Congreso Nacional, y est\u00e1 a su disposici\u00f3n para cualquier aclaraci\u00f3n sobre la fase actual, las perspectivas futuras y sus aplicaciones e implicaciones, principalmente relacionadas con la seguridad jur\u00eddica que afecta a los propietarios y ocupantes de zonas potencialmente demarcadas.<\/p>\n\n<p>Atentamente,<\/p>\n\n<p>Passos e Sticca Advogados Associados &#8211; PSAA<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Hace aproximadamente dos (2) semanas, el Supremo Tribunal Federal (\u00abSTF\u00bb) rechaz\u00f3, por nueve (9) votos contra dos (2), la tesis del hito temporal para la demarcaci\u00f3n de tierras ind\u00edgenas, que establece que la demarcaci\u00f3n de una tierra ind\u00edgena s\u00f3lo puede tener lugar si se comprueba que una comunidad ind\u00edgena espec\u00edfica ocupaba el \u00e1rea solicitada el [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[230],"tags":[],"class_list":["post-9060","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-informes"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9060","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=9060"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9060\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":9061,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/9060\/revisions\/9061"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=9060"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=9060"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/psaa.com.br\/es\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=9060"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}