Por Kaled Halat para Gazeta News
Como todos los años, llega el momento de que los agricultores presenten su declaración de la renta del año anterior para que el Gobierno pueda hacer sus cálculos y ver si tienen o no que pagar impuestos por estos ingresos. Cualquiera que sea propietario de fincas rústicas sabe que tiene que presentar su declaración todos los años e indicar la situación de la finca que posee, es decir, si sigue teniendo el mismo tamaño, si ha habido algún cambio que haya que declarar, si la tierra ha dado los mismos resultados que el año anterior, etc.; es lo que se llama ITR, el Impuesto sobre Bienes Territoriales Rústicos. Curiosamente, este impuesto es tan antiguo como la existencia de la humanidad en este planeta. En cuanto el hombre empezó a tomar posesión de objetos y, más tarde, de lugares, se dio cuenta de que tenía que cobrar a otros por ocupar parte de su superficie. Así surgieron los feudos y los reinos. A diferencia de hoy, gran parte de los ingresos de quienes poseían tierras procedían del cobro de estos derechos, pagados en dinero, animales o grano (maíz, trigo, etc.). Con el establecimiento formal de los estados tal y como los conocemos hoy en día, éstos empezaron a cobrar a los terratenientes un impuesto anual, lo que dio origen al ITR que existe en la actualidad.
La Declaración del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica (DITR) es obligatoria para las personas físicas o jurídicas propietarias de bienes inmuebles rústicos, titulares del dominio útil o poseedores de los mismos a cualquier título, incluido el usufructuario, así como para quienes hayan ostentado la posesión o titularidad de los bienes inmuebles rústicos entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de presentación de la declaración, que es el 29 de septiembre de 2023. El IRS espera recibir aproximadamente 6 millones de declaraciones de la renta este año.
En esos momentos, es habitual que exista animadversión hacia el pago de impuestos, a menudo porque el contribuyente no sabe adónde irá a parar el dinero. Es importante destacar que una de las razones por las que se creó el ITR fue para evitar que las personas se convirtieran en grandes terratenientes y no las hicieran productivas, evitando así que no cumplieran con la función social de la tierra, que es producir alimentos para toda la población. Siempre advertimos a nuestros clientes productores que la presentación de la declaración de la renta es una de sus obligaciones y que su incumplimiento o retraso en la presentación de la declaración someterá al contribuyente a las sanciones previstas en la legislación fiscal, incluidas multas e intereses sobre el importe adeudado.
Además, la omisión de la declaración puede dar lugar a restricciones en el Registro de la Propiedad Rural (Cafir), poniendo en peligro la regularidad de la propiedad ante los organismos competentes. El valor Diat es también de gran importancia para el eventual cálculo de plusvalías en la venta de fincas rústicas en los términos permitidos por la Ley 9.393/96.
Otra pregunta frecuente es si los inquilinos, arrendatarios y socios también tienen que pagar el ITR. La respuesta es no. La relación jurídica establecida por los contratos de arrendamiento, préstamo o asociación tiene carácter obligatorio. Como resultado de estos contratos, la propiedad se entrega sin intención de transferir la plena posesión; sólo se transfiere temporalmente el ejercicio parcial del uso y la posesión limitada. Sólo la plena posesión, sin subordinación, es un hecho generador del ITR, por lo que al no producirse la plena posesión, los inquilinos, arrendatarios y socios no son sujetos pasivos del ITR. También es importante señalar que existen excepciones, que deben ser analizadas caso por caso, incluso en el momento de la inscripción del terreno en la Receita Federal. Y una vez que tienes el impuesto para vivir, lo mejor es disfrutar de la bendita tierra que tienes y hacerla producir, siempre de forma sana, responsable y con respeto al medio ambiente.
Disponible en: Presentación del ITR: ¡ha llegado el momento! – Gazeta News (jornalgazetanews.com.br)