Boletín nº 06/2023 – El TSJ decide que las obligaciones medioambientales en fincas rústicas pueden exigirse al propietario actual o anterior

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) ha definido, por medio de precedente calificado (Tópico Repetitivo nº 1.024 de la Corte), que las obligaciones ambientales tienen naturaleza propter rem, o sea, es posible exigir el cobro del propietario o poseedor actual y/o anterior, o incluso de sucesores, a elección del acreedor.

El Tribunal Supremo conoció de los recursos interpuestos por el Ministerio Público del Estado de Mato Grosso do Sul y del Estado de São Paulo en los que se debatía si las obligaciones ambientales de las propiedades rurales debían recaer sobre los actuales propietarios de las propiedades o si sería posible también cobrar a los anteriores propietarios de las respectivas propiedades.

En la decisión, que fue redactada por el juez Assuete Magalhães, se decidió que es posible cobrar las obligaciones ambientales conjunta o separadamente, a discreción del acreedor de la obligación, ya sea el propietario actual o el anterior propietario de la propiedad.

Sin embargo, se afirmó que la responsabilidad solidaria por obligaciones medioambientales sólo es posible si el daño medioambiental que dio lugar a la obligación se produjo antes de que dejara de existir el derecho real del enajenante. En otras palabras, el cobro conjunto sólo es posible si el daño medioambiental se ha producido mientras aún existía uno de los derechos reales del vendedor sobre la propiedad, excepto cuando el vendedor haya contribuido directa o indirectamente a causar el daño, en cuyo caso también será responsable.

La decisión del STJ refuerza el impulso de una agenda destinada a reparar los daños ambientales y también advierte sobre la cautela a la hora de adquirir propiedades rurales. En este sentido, es extremadamente necesario llevar a cabo una diligencia debida inmobiliaria precisa para identificar con exactitud la situación relativa a una propiedad concreta, de modo que el comprador no se vea sorprendido por una obligación medioambiental de la que no tenía conocimiento.

El equipo de PSAA sigue de cerca la evolución del asunto ante el Tribunal Superior de Justicia y está a su disposición para cualquier aclaración sobre el estado actual y las perspectivas de la adquisición de fincas rústicas y sus implicaciones, incluidas las medioambientales, teniendo en cuenta la reciente sentencia del Tribunal Superior.

Atentamente,

Passos e Sticca Advogados Associados – PSAA

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